MINISTERIO SEGURIDAD Decreto Nº 45

MINISTERIO SEGURIDAD Decreto Nº 45 MENDOZA, 25 DE ENERO DE 2021 Visto el Expediente Nº EX-2020-06308345- GDEMZA-MGTYJ; y CONSIDERANDO: Que en el mismo se tramitó la emisión del Decreto Nº 1817/20; Que el citado decreto hizo extensivo al Personal Policial y del Servicio Penitenciario de la Provincia de Mendoza en actividad y beneficiarios de retiros y pensiones el aumento salarial alcanzado en paritarias con la mayoría de los sectores de la Administración Pública Provincial; Que el otorgamiento del aumento salarial a los beneficiarios de retiros y pensiones de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario de la Provincia de Mendoza se efectúa en virtud del sistema de movilidad vigente en el marco de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto Ley Nº 4176/77; Que el mencionado artículo establece que el haber de retiro será incrementado en la misma proporción en que varíen el sueldo y suplementos con aportes jubilatorios del personal en actividad, en el grado en el cual se obtuvo el retiro o equivalentemente en caso de modificación; Que por error se consignó a los beneficiarios de retiros y pensiones en el incremento salarial válido hasta el 31/12/2021, consistente en una suma anual no remunerativa y no bonificable de $ 54.000 pagadero en 12 (doce) cuotas; Que tal incremento al ser no remunerativa no bonificable, no se encuentra alcanzada por el artículo 11 del Decreto Ley Nº 4176/77 y en consecuencia no puede hacerse extensiva a los retirados y/o pensionados de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario de la Provincia de Mendoza; Por ello y lo dictaminado por Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º- Sustitúyese el artículo 1º del Decreto Nº 1817/20 por el siguiente: “Artículo 1º- 1. Otórguese al Personal Policial y Penitenciario en actividad un incremento salarial válido hasta el 31/12/2021 consistente en una suma anual no remunerativa no bonificable de $ 54.000 pagadero en 12 (doce) cuotas mensuales y consecutivos según el siguiente cronograma: a.- para los meses de enero a agosto de 2021 la suma de $ 4.000,00; b.- para los meses de setiembre y octubre de 2021 la suma de $ 5.000,00 y c.- para los meses de noviembre y diciembre de 2021 la suma de $ 6.000,00. Página 1/2 Boletín Oficial – Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica 2. Otórguese al Personal Policial y Penitenciario en actividad y al personal beneficiario de retiros y pensiones un incremento salarial sobre la asignación de la Clase del Cargo del Jefe de las Policías vigente al 30/11/2020, del 20% el que se pagará en tres tramos: 7% a partir de marzo de 2021, 7% a partir de julio de 2021, y 6% a partir de octubre de 2021, no acumulables.” Artículo 2º- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Seguridad y de Hacienda y Finanzas. Artículo 3º- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese. DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ LIC. RAÚL LEVRINO LIC. ENRIQUE ANDRÉS VAQUIÉ Mº de Economía y Energía a/c del Ministerio de Hacienda y Finanzas